El Área de Urbanismo y Equipamientos del Ayuntamiento de Zaragoza ha firmado con cuatro colegios profesionales, entre ellos el COGITIAR, un convenio de colaboración para agilizar los procesos a los que se someten los expedientes para obtener licencias urbanísticas.
En concreto, el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón (COGITIAR), el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja, el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Zaragoza prestarán servicios de comprobación documental técnica y sobre el cumplimiento de la normativa aplicable en determinadas actuaciones urbanísticas, lo que comprende el control, supervisión, comprobación de habilitación, documental y técnica de los proyectos y documentación técnica, que serán preceptivos para la obtención de títulos administrativos habilitantes, licencias, comunicaciones previas o declaraciones responsables o en otros procedimientos o solicitudes administrativas, con el objeto de asegurar la idoneidad de dichos trabajos y proyectos técnicos.
La finalidad principal es reducir los plazos en la concesión de licencias de acondicionamiento de local y apertura (X414 y T414), obra mayor de reforma (X406 y T406) y apertura (X546 y T546). El consistorio realizará inspecciones de manera aleatoria a un pequeño porcentaje de negocios que hayan obtenido la licencia a través de los informes de idoneidad y calidad documental.
“Este acuerdo es un paso muy importante para los ciudadanos, ya que acortará mucho los plazos y refuerza el papel del Colegio como herramienta social para colegiados ejercientes libres y ciudadanos”, destaca Enrique Zaro, decano de COGITIAR.
Gracias a este acuerdo, el ayuntamiento facilitará a los colegios profesionales la relación completa de los documentos y formatos exigidos en la tramitación de cada uno de los procedimientos, mientras que los colegios harán la comprobación documental y técnica. Después, emitirán un informe que hará referencia a los extremos objeto de comprobación y se ajustará a los modelos que determine el ayuntamiento. Y finalmente, Urbanismo presumirá completa y válida la documentación técnica o el proyecto presentado que contenga el informe de idoneidad y calidad documental positivo.
Así, mediante el informe sustantivo de idoneidad y calidad documental realizado por el Colegio, se deja constancia de la titulación y habilitación del autor y de que el trabajo cuenta con la documentación requerida para su correcta tramitación, verificando la integridad documental y controlando su adecuación a las exigencias legales y reglamentarias, en lo que resulte de aplicación. Una vez realizado el informe de idoneidad por parte del Colegio, el cliente puede empezar las obras, si las hay, o poner en marcha el negocio al día siguiente. Ya no se necesita otra revisión por parte de los funcionarios municipales: es la novedad y el gran paso adelante.
Este servicio está ya disponible para los ciudadanos y los usos a los que resultará de aplicación este convenio son:
-Uso comercial hasta 500 m2.
-Uso administrativo hasta 2.000 m2.
-Usos sanitarios asimilables a consultas que no precisen licencia de actividad: consultas podológicas, estéticas, etc.
-Usos de enseñanza no reglada: academias de idiomas, oposiciones, etc.
-Peluquerías, saunas, barberías, institutos de belleza.
-Actividades industriales descritas en el apartado b) del anexo V de la ley de prevención y Protección ambiental de Aragón.
-Actividades de almacenamiento de superficie construida inferior a 500 m2.
-Puntos de recarga eléctrica al amparo del Real Decreto Ley 29/2021.
Se pretende seguir trabajando en el número de casos de licencias municipales a las que pueda aplicarse dicho sistema de funcionamiento. Los ámbitos excluidos son las actividades clasificadas, usos de hostelería y declaraciones responsables que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico.