ORDEN EIE/875/2017, de 13 de junio, por la que se regulan las condiciones de seguridad industrial de los sistemas de abastecimiento de agua compartidos de protección contra incendios en los establecimientos industriales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2, pto 2. En el caso de establecimientos de TIPO A, las condiciones relativas al caudal, presión y tiempo de autonomía del sistema de abastecimiento de agua compartido que alimente a dos o más establecimientos industriales deberán cumplir las condiciones requeridas para alimentar de forma simultánea dos establecimientos colindantes, bajo las condiciones establecidas en el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, que correspondan a dichos establecimientos.